La EPSO no contribuye a los gastos de viaje ocasionados por su participación en las pruebas por ordenador ni en las pruebas preliminares/intermedias (es decir, las pruebas de opciones múltiples, el ejercicio de bandeja electrónica y las pruebas de traducción).
Los candidatos convocados al estudio de caso o a una prueba escrita sobre el ámbito de la oposición y que tengan su domicilio de residencia fuera de la UE tienen derecho a reclamar una contribución a sus gastos de viaje, si estas pruebas forman parte de las del centro de evaluación (véase la convocatoria de oposición pertinente)....