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Los candidatos pueden presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo en un plazo de dos años a partir de la fecha en que se hayan producido los hechos o los actos de supuesta mala administración.
Los candidatos pueden presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo en un plazo de dos años a partir de la fecha en que se hayan producido los hechos o los actos de supuesta mala administración.